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Discapacidad

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¿Quiénes son las personas con discapacidad?

Colombia reconoce que las personas con discapacidad son todas aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás (tomado de Ley 1346 de 2009, por la cual se adopta la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad).

Este reconocimiento ubica la discapacidad como un hecho social, donde la discapacidad no está en las personas, SINO EN LAS BARRERAS a las que deben enfrentarse y restringen su participación y oportunidades de desarrollo.

Equipo de Discapacidad - Grupo de Participación

En el año 2013, a partir de la promulgación de la Ley 1618 que fue impulsada por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal se asumió la responsabilidad directa de desarrollar un proyecto anual para fortalecimiento de las organizaciones de personas con discapacidad.

En este contexto para cumplir con las directrices de la mencionada Ley, se cuenta con un equipo de 3 profesionales que están al frente de los procesos de reglamentación que corresponden al Ministerio del Interior y acompañan los procesos desarrollados por la Dirección, incluyendo de manera transversal el tema de discapacidad en los programas y proyectos trazados desde el Plan de Acción, siendo uno de las apuestas más importantes la elaboración de Rutas para la Participación e Incidencia de población con discapacidad, en el marco de la “Estrategia para el Fortalecimiento de la Participación Ciudadana”.

¿Por qué y para  qué la participación de personas con discapacidad?

La movilización de las personas con discapacidad, además de ser un derecho civil de todo ciudadano, es un compromiso que ha asumido Colombia al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y abordar esta condición desde un paradigma social basado en los derechos humanos, donde la vulnerabilidad de las Personas con Discapacidad disminuye en la medida que participan en lo toma de decisiones que les afectan, siendo propositivos para trabajar en equipo con gobernantes en la construcción y puesta en marcha de políticas públicas incluyentes.

¿Qué instancias de participación existen para la población con discapacidad?

El SND Sistema Nacional de Discapacidad, creado a partir de la ley 1145 de 2007, y reglamentado con la Resolución del Ministerio de Salud 3317 de 2012, contempla la creación, alcance, objetivos y responsabilidades para su puesta en marcha y el fortalecimiento técnico y administrativo de los Comités Locales de Discapacidad - CLD; Comités Municipales de Discapacidad - CMD, Comités Departamentales de Discapacidad - CDD, del Consejo Nacional de Discapacidad - CND, como instancias de concertación, articulación, coordinación de políticas públicas de inclusión social en discapacidad, y su implementación a través de planes, programas y proyectos, en los territorios a partir de las necesidades particulares de cada uno.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1145 de 2007, el presente año, al cumplirse el periodo de 4 años de los Representantes de la Población con Discapacidad ante el Consejo Nacional de Discapacidad, el Ministerio de Salud debe establecer los criterios para elegir nuevos representantes. En concordancia con lo dispuesto en la Ley 1618 de 2013, el Ministerio del Interior debe adoptar las medidas que sean necesarias para garantizar la participación plena y efectiva de las PCD en todas las decisiones que les afectan. En este contexto, de manera concertada ambos Ministerios trabajaron en la elaboración de la Resolución para elección de representantes de las organizaciones de personas con discapacidad y personas jurídicas cuyo radio de acción gira en torno a la discapacidad ante el CND, esperando que una vez esté aprobada y firmada por el Ministro de Salud, pueda ser difundida para que las personas con discapacidad de todo el país que cumplan con los requisitos definidos puedan postularse y en el marco de un ejercicio participativo y democrático elegir y ser elegidos para representar a las personas con discapacidad física, auditiva, visual, intelectual, múltiple, psicosocial y sordo ceguera.

Ley 134 de 1994 

Cabildo abierto. El Cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.