El Ministerio del Interior, forma parte del Sistema Nacional de Discapacidad-SND y a través del Grupo de Gestión en Discapacidad realiza acciones para la promoción de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad en todos los espacios políticos, sociales, comunitarios y de participación en general, con el fin de contribuir a su inclusión social efectiva y fortalecer su incidencia en las políticas, decisiones y programas que afectan sus vidas y comunidades.
El Sistema Nacional de Discapacidad, SND, es el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales de la discapacidad contenidos en la Ley 1145 de 2007.
Promueve a través de un plan de trabajo las acciones necesarias para asesorar, acompañar y fortalecer a las organizaciones sociales que representen a las personas con discapacidad, a sus familias y cuidadores, redes sociales, asociaciones y federaciones ante las instancias locales, nacionales e internacionales para garantizar su participación plena y efectiva en la adopción de todas las decisiones que los afectan.
La rectoría de este sistema es ejercida por la Consejería Presidencial para la Participación de las Personas con Discapacidad. (Decreto 179 de 2019)
De igual manera el Ministerio hace parte de:
Consejo Nacional de Discapacidad-CND
El Consejo Nacional de Discapacidad - CND – se reconoce como organismo consultor, asesor institucional y de verificación, seguimiento y evaluación del Sistema y de la Política Pública Nacional de Discapacidad.
Grupo de Enlace Sectorial-GES
El Grupo de Enlace Sectorial - GES, está conformado por representantes de todos los ministerios que hacen parte del Gobierno Nacional, junto con sus entidades adscritas y las demás entidades y organismos que se estime conveniente vincular; se constituye como instancia técnica de construcción, concertación y coordinación interinstitucional de planes, programas y proyectos del Consejo Nacional de Discapacidad- CND, bajo la coordinación de este, a través de la Secretaría Técnica del mismo, con la participación de la sociedad civil de la discapacidad. (Ley 1145 de 2007. Capítulo II, artículo 7).